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Para solicitar turno, se debe realizar a través de un Formulario de Tickets.
En la presente web, se encuentran habilitados cinco formularios para poder general dicho ticket, ubicados en la columna derecha de la página.
A continuación, se dará una breve descripción de los mismos:
1.- Los particulares que deseen solicitar un pedido de mediación, deberán generar un formulario, con los datos requeridos en el mismo, haciendo click AQUÍ (NO DISPONIBLE DURANTE RECESO JUDICIAL)
2- Los Particulares que deseen solicitar un pedido de mediación, pero en este caso, con otro progenitor, deberán generar un formulario haciendo click AQUÍ (NO DISPONIBLE DURANTE RECESO JUDICIAL)
3.- Los profesionales: abogados, que deseen solicitar un pedido de mediación en representación de sus clientes deberán generar un formulario haciendo click AQUÍ (NO DISPONIBLE DURANTE RECESO JUDICIAL)
4.- Los parientes: entendiéndose por tales abuelos, tíos u otros, que estén relacionados de forma directa con el solicitante, y que deseen solicitar un turno de mediación, deberán generar un formulario haciendo click AQUÍ (NO DISPONIBLE DURANTE RECESO JUDICIAL)
5.- Los particulares y profesionales que NO deseen participar del proceso de mediación, podrán solicitar el cumplimiento de la instancia previa de mediación, sin necesidad de fijación de audiencia, para lo cual deberán llenar una declaración jurada en el formulario habilitado a los fines, haciendo click AQUÍ (NO DISPONIBLE DURANTE RECESO JUDICIAL)
Una vez ingresados los pedidos, el Cuerpo de Mediadores evaluará si la situación planteada es susceptible de mediación. En caso de serlo, se asignará Mediador/a al caso, quien se pondrá en contacto con el/la solicitante, para fijar la modalidad de trabajo y pedir la documentación necesaria en cada caso.
ETAPA PREVIA DE MEDIACIÓN FAMILIAR (Ley 9120)
La ley Procesal de Familia en Mendoza establece el acceso a la Etapa de Mediación en forma previa a la iniciación de un juicio, para intentar una vía pacífica de resolución de situaciones de conflictos familiares relacionados con los siguientes temas:
- Derivados de la Responsabilidad Parental: cuidado personal de los hijos (antiguo régimen de tenencia), alimentos y régimen de comunicación (conocido como visitas).
- Derivados del Parentesco. Ej. régimen de comunicación y/o alimentos de adultos mayores, cónyuges, nietos, entre otros.
- Derivados de uniones convivenciales, durante la convivencia o finalizada la misma.
- Derivados de la guarda y la tutela.
- Resarcitorias de las relaciones de filiación.
- Otras acciones personales y patrimoniales derivados de las relaciones de familia Ej: división de bienes del matrimonio.
Esta etapa se desarrolla con la intervención de Mediadores de Familia como conductores del proceso, cuya función principal es colaborar con los participantes para generar opciones que puedan contemplar sus intereses, pero principalmente proteger los derechos de niños, niñas, adolescentes y personas vulnerables.
Si los participantes arriban a un acuerdo, el mismo es homologado judicialmente, esto significa que tiene el mismo valor y efectos que una sentencia judicial. Es título ejecutivo, vale decir que su cumplimiento puede exigirse judicialmente.
Si bien la ley establece el paso obligatorio por esta etapa, en la mayoría los temas señalados, es necesario tener en cuenta que su aceptación, participación en el proceso y posibilidad de acuerdo, son voluntarios para los participantes. La Etapa de Mediación Familiar es gratuita, pudiendo acceder a la misma sin necesidad de acompañamiento profesional.
En caso de dudas o consultas comunicarse al 0800-666-5878.
Formulario Tickets
Formulario con padre/madre del/los niño/s
Formulario Profesionales
Formulario para otros familiares del menor relacionado con el solicitante
Acceso a consulta en línea del estado de una solicitud